Somos hijos
de las chilenas y chilenos que fueron torturados,
asesinados y desaparecidos. Sabemos quienes son los
responsables en su mayoría, sabemos donde viven.
Sabemos como desataron su odio contra los pobres y
los trabajadores, en los cuerpos de nuestros padres.
Sabemos como los buscaron para matarlos, sabemos como
los trataron en sus centros de tortura y en sus cárceles,
sabemos como menoscabaron su honra. Sabemos todo eso,
así que no tiene sentido que lo sigan ocultando".
(extracto de la Declaración de la Huelga Luciano
Carrasco, Santiago, agosto 20 de 2003).
Desde hace ya casi tres semanas, tres personas jóvenes,
en el esplendor de sus existencias han iniciado una
huelga de hambre en una suerte de reclamo y de queja
por la insensibilidad moral de la sociedad chilena
frente al problema de las violaciones sistemáticas
a los derechos humanos que se llevaron a cabo durante
la dictadura militar en Chile. Y de las cuales ellas
fueron víctimas inocentes pues se hizo desaparecer
a su padre en el caso de dos de ellos y se asesinó
a su hermano en el caso de otra de ellos.
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Todos estamos concientes, manifiesta
o tácitamente, -ya que hoy incluso nadie se atreve
a negarlo, como si lo hicieron durante muchos años
muchas personas, dadas las enormes evidencias al respecto-
que en Chile se vivió durante un largo período
bajo un gobierno militar en el cual se violaron sus derechos
humanos a muchísimos chilenos en forma permanente y
sistemática.
Es posible entender también
que, por diversas razones en ese período en Chile,
muchas personas hayan cerrado los ojos mientras esas violaciones
se llevaron a cabo (temor, indolencia, indiferencia, complacencia,
permisividad, etc.). y que ello haya sido así mientras
subsistieron las condiciones propias de un gobierno autoritario
que impedía el ejercicio de los derechos políticos,
mientras violaba o permitía que se violaran los derechos
civiles. Sin embargo, dicha situación cambió
al asumir un gobierno democrático, y al existir la
posibilidad de ejercer plenamente los derechos políticos
en este nuevo contexto.
La pregunta que surge a partir de
lo anteriormente reseñado es: ¿qué proporción
de la injusticia vivida por quienes vieron sus derechos violados
debe y puede ser reparada?
La respuesta que ética y jurídicamente
corresponde dar a esta pregunta es que hay que reparar toda
la injusticia experimentada por algunos integrantes de nuestra
sociedad. Ello exige primero que todo, conocer la verdad respecto
a lo ocurrido, para dar paso al perdón o al no perdón,
cuestión ésta privativa al ejercicio de la libertad
propia de quienes sufrieron la violación de sus derechos
humanos.
El problema ético que está
detrás de lo antes reseñado, es que una mayoría,
o minoría –aunque da exactamente lo mismo-, ha
buscado imponer el olvido y el perdón a quienes fueron
afectados por los crímenes de la dictadura militar
(torturas, desapariciones, asesinatos, violaciones, robos,
etc., entre otros muchos crímenes). Creo necesario
señalarlos así, aunque parezca odioso, por razones
de transparencia comunicativa y de responsabilidad ética,
ya que existe un riesgo evidente de olvidarnos de la enorme
carga de dolor, sufrimiento e inhumanidad que cada uno de
estos crímenes ha significado, haciéndonos de
ese modo, también parte de dicho olvido, si es que
continuamos con la tendencia a "abstractizar" o
"desingularizar" la figura conceptual y genérica
de violación a los derechos humanos.
El ayuno de estas tres personas es
un ferviente reclamo y alegato en favor de la justicia en
el contexto específico de nuestro país, señalando
que no se dan aquí las condiciones que permitan afirmar
la existencia de un efectivo ejercicio del Derecho, ya que
éste es vaciado de su verdadero contenido: la seguridad
jurídica para los miembros de la comunidad.
Ya que si las autoridades del Estado
representan a los depositarios, en un Estado democrático
como el que tenemos, existiría una corrupción
de su mandato, debido a que no sería posible ejercer
para los afectados por los crímenes de la dictadura
el derecho a la justicia, es decir el derecho a ser tratado
como iguales por las instituciones que deben procurar la justicia.
El Estado chileno no ha generado las
condiciones efectivas para que estas personas puedan ejercer
su derecho a la justicia, entendida ésta no sólo
como la eventual reparación de los irreparables daños
ya sufridos, sino que también como la satisfacción
moral de ver asumir la responsabilidad jurídica por
sus actuaciones a aquellos que fueron los responsables de
dichos crímenes.
Este ayuno en su carácter de
gesto testimonial nos hace surgir preguntas como las siguientes:
¿No hay un agravio aún
mayor en el exigir a las personas que ya fueron agraviadas,
que adicionalmente deban desistirse de su demanda de justicia,
al ver imposibilitado en los hechos el ejercicio de tal derecho?
¿No se viola aquí además el principio
constitucional de la igualdad ante la ley, cuando todo chileno
puede ejercer el derecho a la justicia y sin embargo, los
afectados por los crímenes de la dictadura no pueden
hacerlo?
¿Hay o no derechos fundamentales
de las personas que de ser vulnerados impiden tanto la convivencia
colectiva así como la seguridad presente y futura a
nivel individual como general de los ciudadanos, o la subsistencia
de las instituciones, e incluso, la supervivencia de una nación?
¿Existe o no la responsabilidad
como condición humana fundamental que nos diferencia
de otros seres vivos? Es decir, la necesidad de hacernos responsables
de los éxitos como también de los errores cometidos
al actuar.
¿Qué tipo de moralidad
existe en una sociedad cuando lo que es condenable e inaceptable
como conducta humana en algunos ámbitos, en otros si
lo es, como por ejemplo, el que no aceptemos que los padres
abandonen a sus hijos o les den malos ejemplos -mentir, robar,
insultarse mutuamente- pero si se les permita actuaciones
muchísimo más reprobables a quienes detentan
el poder en contextos represivos; o el que no aceptemos que
los padres maltraten o golpeen a sus hijos pero que si se
acepte que quienes detentaban el poder de las armas hayan
asesinado, torturado y hecho desaparecer a miles de ciudadanos
chilenos?
¿Se pueden situar en un mismo
plano de igualdad ética ante la justicia y la ley,
delitos cometidos por particulares que atentan contra el Estado
Democrático e incluso contra un gobierno autoritario
de facto, con los delitos que son producto de la actuación
de agentes del Estado que organizados, remunerados y al servicio
de éste, violan los derechos fundamentales de las personas?
El concepto de violación de
los derechos humanos dice también relación con
la absoluta indefensión en que queda un ciudadano cuando
es el Estado, que en su condición de tal debe asegurar
el respeto de sus derechos como persona, quien viola sus derechos
políticos, sociales, culturales o económicos,
mediante ya sea las políticas públicas o mediante
el accionar de cuerpos represivos gubernamentales, llegándose
incluso a situaciones de Terrorismo de Estado.
Para evitar asumir la responsabilidad
institucional sobre ese tipo de políticas se han acuñado
una serie de eufemismos, como hablar por ejemplo de la existencia
de grupos ilícitos operando al interior de organismos
que se caracterizaban por su estructuración absolutamente
vertical en el ejercicio del mando. Es posible pensar que
lo anterior haya ocurrido así en contextos donde ha
existido algún tipo de contrapeso al ejercicio puro
y brutal del poder, como sería el caso en contextos
democráticos donde existen diversos poderes del Estado
operando con la plenitud de sus atribuciones y donde quienes
así lleguen a actuar delictualmente requieren por tales
razones encubrir su accionar; pero es difícil pensar
que así haya ocurrido en un contexto donde el Estado
y las instituciones armadas asumieron la Doctrina de la Seguridad
Nacional que incluso propugnaba este tipo de actuaciones.
Hay muchas actuaciones gubernamentales
en el pasado reciente de nuestro país, donde no se
respetó el carácter de la fuerza jurídica
de normas consagradas en los convenios internacionales firmados
y universalmente aceptados por el conjunto de las naciones
civilizadas, tales como: la Declaración Universal de
los Derechos Humanos; el tratado de Ginebra respecto al trato
de los prisioneros; y así muchos otros.
No es extraño entonces y no
tiene nada que ver con odios y rencores acumulados, el que
los afectados más directamente por dichas actuaciones
exijan conocer la verdad, y que quienes fueron responsables
directos e indirectos asuman su responsabilidad. Lo anterior
tiene que ver con la simple y elemental facultad que todo
ser humano afectado por violaciones a estos derechos universalmente
reconocidos tiene a alegar su propia causa. Sobre todo cuando
en Chile (y el transcurrir del tiempo lo ha verificando más
y más) se tejió todo un discurso oficial de
falsedad, una operación de "inteligencia militar",
que pudo tener resultados exitosos y parciales en el corto
plazo pero que si no tuvo visos de realidad y fue mera invención,
los porfiados hechos se encargarán, como ya lo están
haciendo, de derrumbar y de hacer evidente su falta de veracidad.
Contradicciones en el propio accionar
cuando nadie tenía posibilidades de incidir en lo obrado,
salvo quienes detentaron el poder casi omnímodo, van
haciendo que se asomen evidencias que contradicen lo afirmado
reiterativamente por quienes diseñaron y ejecutaron
estas operaciones comunicacionales ¿Cómo es
posible que para ciertos efectos se haya declarado la existencia
de una guerra interna y que para otros efectos se desconocieran
estas declaraciones previas? ¿Cuántos de los
llamados "enfrentamientos" no fueron sino simples
ejecuciones como lo pudieron apreciar muchos ciudadanos observadores
involuntarios de los hechos ocurridos y como lo han comprobado
diversas investigaciones y fallos judiciales? ¿Cómo
es posible que prisioneros de guerra ya juzgados y condenados
a breves penas por tribunales militares de tiempo de guerra,
fueran nuevamente juzgados sumariamente y ejecutados? ¿Cómo
se puede calificar el irrespeto de reglas del juego absolutamente
universales tales como el principio de la cosa juzgada?
¿Cómo entender todo
lo anteriormente señalado? El destacado psiquíatra
y humanista colombiano Luis Carlos Restrepo nos proporciona
pistas cuando señala que:
"... Como insumo central en la
construcción de estas corazas caracteriales que nos
defienden de la ternura y nos predisponen a la paranoia, la
cultura occidental impone a nuestro cuerpo una relación
bastante funcional, productiva y automatizada, donde los intercambios
afectivos con el ambiente deben pasar en gran parte desapercibidos.
Se enseña al médico para que no sienta como
suyo el dolor de sus pacientes, a fin de que pueda tratarlos
de manera genérica y por grupos dentro de la rutina
del hospital. Se enseña al maestro a manipular niños
a fin de obtener aprendizajes, pero sin dejarse arrastar por
la singularidad de las vivencias que éstos plantean.
Se enseña al político a manejar masas, constituciones
y decretos, incidiendo sobre el "bien común",
sin dejarse arrastrar por los casos individuales,
pues se considera que de esta manera perdería su eficacia.
Para ser exitoso en nuestra cultura, es imperativo insensibilizarse
a muchas vivencias singulares, a fin de asumir una careta
estereotipada que no delate nuestras emociones ni nuestras
dudas, es decir, que no de cuenta de la radical diferencia
de aquellos fenómenos con que estamos en contacto.
Se dice que el buen político no debe tener muchos escrúpulos,
como el buen general no puede atender al sentir personal de
cada soldado, sino al éxito global de la batalla".
(1)
Y continúa afirmando que:
"Para lograr su objetivo de extender
la economía guerrera a la vida familiar, afectiva,
escolar y productiva, Occidente ha favorecido la disociación
entre la cognición y la sensibilidad, sentándolo
como uno de sus axiomas filosóficos. De esta manera,
se produce un ser abstracto, universal, dispuesto a desplazarse
hasta los confines de la tierra, estableciendo con la naturaleza
una relación funcional, tratando las aguas, los bosques
y los animales como "recursos" que debe integrar
a la dinámica del mercado mundial. Nada debe sentir
el cazador de ballenas o el talador de árboles, por
aquellos seres singulares a los que se considera simples objetos
a manipular. Nada debe sentir el conquistador - bien sea el
esclavista de siglos anteriores o el actual ejecutivo de las
multinacionales -, que pueda distraerlo de su objetivo único
y grandioso: Someter a los demás a su hegemonía
política o a sus redes de mercado". (2)
Parafraseando a Restrepo, yo agrego
a lo anterior: ...Nada debe sentir el torturador frente a
los sufrimientos del torturado. Nada debe sentir el funcionario
frente a las preguntas y a las lágrimas de los parientes
del detenido y negado por la autoridad. Nada debe sentir el
juez frente a los insistentes reclamos de aquellos que presentaron
el recurso de amparo por el desaparecido. Nada debemos sentir
los que caminamos decididamente hacia la modernidad en nuestro
país, frente a las demandas y peticiones de quienes
exigen saber la verdad respecto a lo ocurrido a aquellos seres
humanos, que fueron algún día "suyos".
Los hechos anteriores nos muestran
como dice el autor que "la barbarie no ha podido ser
expulsada del todo".
El logro de la plena modernidad nos
demanda construir la condiciones en nuestra sociedad donde
se logre una real justicia, ya que como lo plantea J. Rawls
en su "Teoría de la Justicia" la justicia
es la primera virtud de los sistemas sociales. No es posible
la solidaridad donde no hay justicia. No es posible el bienestar
donde no hay justicia. No es posible la calidad de vida sin
justicia.
Es la justicia construida colectivamente
por los seres humanos para dar cuenta de sus necesidades humanas,
la que confiere legitimidad al Derecho. Un Derecho sin justicia
se transforma en tiranía, en abuso, en opresión.
Pero por otra parte no es posible la convivencia sin el Derecho,
entendido éste en su sentido más genérico,
es decir como el conjunto de normas que una comunidad se va
dando en su existencia social para regular el ejercicio de
los derechos de cada cual, de la forma más armónica
(o menos conflictiva) posible. En este sentido el Derecho
sería la forma materializada u objetivada mediante
la cual se expresan ante cada sujeto en particular, los límites
construídos por y a partir de la convivencia. El Derecho
en este sentido elemental, es la presencia de los límites
que el otro establece a mi existencia, y a su vez de los límites
que mi existencia pone al otro. Es porque convivo con otros
seres humanos que no puedo hacer lo que se me antoje; es porque
tengo conciencia de que mi existencia afecta el existir de
otros que reprimo mis tendencias destructivas; es porque me
interesa y necesito del otro que busco reducir mi agresividad.
De ahí que el ferviente alegato
que por medio de su ayuno nos hacen estas víctimas
inocentes, que incluso ponen en riesgo su vida para sacudir
la insensibilidad moral de nuestra sociedad, y que demandan
volver a dotar a nuestro Estado de Derecho de su plena legitimidad,
mediante el respeto irrestricto al ejercicio de todos los
derechos humanos, cuestión que aparece como una necesidad
imprescindible si es que efectivamente queremos que en Chile
se construya una sociedad moderna. La historia de la humanidad
nos muestra que nunca se ha logrado conformar sociedades estables
a partir de la injusticia, el silencio y el miedo. Más
bien se generan patologías individuales, sociales y
colectivas que están en la base de los síntomas
de anomia y desintegración social que hoy observamos
en nuestra sociedad. El tipo de sociedades exitosas son aquellas
que han logrado generar una condición de paz estable
y duradera.
Una sociedad justa es aquella donde
se experimenta la paz. Donde como producto de que se satisfacen
plenamente las necesidades humanas fundamentales, se logra
una situación de vida donde predomina en los espíritus
la calma, la serenidad, el sosiego y la tranquilidad porque
nadie se siente tratado injustamente, y donde en las relaciones
entre las personas abunda el acuerdo, la armonía, la
conciliación y la concordia como producto de la necesaria
e incluso a veces dura y dolorosa verdad.
Citas:
(1) Luis Carlos Restrepo, El Derecho a la Ternura.
Arango Editores, Bogotá, 1994., pág. 65.
(2) L. C. Restrepo, op.cit., pág. 66 y 67.
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